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Visado de estudios en España: quién puede pedirlo y qué necesita

Actualizada el · Revisada por Marta, abogada de extranjería

En resumen

El visado de estudios da acceso a una estancia de larga duración por estudios: estudios superiores, bachillerato o FP de grado medio, cursos de español y otras formaciones reconocidas. Hace falta admisión en un centro, medios económicos, seguro médico y, según el caso, antecedentes penales y certificado médico. En estudios superiores se puede trabajar hasta 30 horas semanales y venir con familia. Desde Cuba se pide en el Consulado General de España en La Habana, que desde el 12 de octubre de 2026 recibe los visados en un nuevo centro de solicitud.

Qué es el visado de estudios

Su nombre oficial es autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas, con su visado correspondiente (artículos 34 y 52 del Reglamento de Extranjería). Es una estancia, no una residencia, aunque dure varios años.

Qué estudios permiten pedirlo

  • Estudios superiores, universitarios o no, en un centro reconocido: grados, másteres, títulos propios, máster de FP y cursos preparatorios. Fuera de la universidad, con al menos un 50 % de presencialidad.
  • Secundaria postobligatoria: bachillerato y FP de grado medio, a tiempo completo.
  • Actividades formativas: cursos presenciales de castellano o de lenguas cooficiales en una Escuela Oficial de Idiomas o en un centro acreditado por el Instituto Cervantes, preparación del MIR y pruebas similares, certificados profesionales de niveles 2 y 3, y auxiliares de conversación.
  • Movilidad de alumnos y voluntariado.

El reglamento fija edades mínimas: más de 17 años para estudios superiores y más de 18 para secundaria postobligatoria y actividades formativas (artículo 35.f).

Requisitos

Según los artículos 35 y 53 del reglamento y la hoja informativa 1 del Ministerio:

  • Pasaporte válido durante al menos un año.
  • Admisión en el centro y matrícula pagada.
  • Medios económicos: el 100 % del IPREM al mes para el estudiante, un 75 % para el primer familiar y un 50 % para cada uno de los demás. La cantidad baja si el alojamiento está pagado por adelantado, y lo pagado de matrícula no cuenta.
  • Seguro de enfermedad con una aseguradora autorizada en España.
  • Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años, si eres mayor de edad penal y la estancia supera los seis meses.
  • Certificado médico (no se pide si la solicitud se hace desde España).
  • Documentos extranjeros legalizados o apostillados y traducidos.

Se recomienda pedirlo con al menos dos meses de antelación al inicio de los estudios. El IPREM se actualiza cada año: comprueba el importe vigente al calcular los medios.

Trabajar y venir con la familia

Con estudios superiores, la autorización permite trabajar por cuenta ajena o propia automáticamente, sin pedir otro permiso, siempre que sea compatible con los estudios y sin superar 30 horas semanales, salvo en la FP intensiva (artículo 57). El trabajo queda limitado a la comunidad autónoma donde se concedió la autorización y a las localidades limítrofes. Superar el límite de horas es causa de extinción.

También en estudios superiores, pueden venir el cónyuge o pareja, los hijos menores o con discapacidad y una persona de apoyo (artículo 56), a la vez que el estudiante o después. Los familiares no pueden trabajar con esta autorización.

Cómo pedirlo desde Cuba

Se pide en el Consulado General de España en La Habana. Documentos que exige:

  • Formulario de visado nacional y fotografía.
  • Pasaporte con al menos un año de validez, dos páginas en blanco y expedido hace menos de diez años.
  • Admisión y matrícula pagada, medios económicos, seguro médico, antecedentes penales y certificado médico.
  • Prueba de residir en la demarcación del consulado.
  • Pago de la tasa.

Plazos: la oficina de extranjería resuelve la autorización en siete días; si no contesta, se entiende desfavorable. Si es favorable, el consulado resuelve el visado en un mes como máximo, y hay dos meses para recogerlo.

Tasa: la tasa ordinaria del visado nacional es de 90 € (Orden AUC/891/2024). El consulado pide pagarla en euros, en efectivo y con el importe exacto. Confirma con el consulado el importe que te aplica.

Novedad: desde el 12 de octubre de 2026 los visados nacionales, incluido el de estudios, se presentan en el nuevo Centro de Solicitud de Visados de La Habana (Av. 31 entre 18 y 14, n.º 1419, Miramar), que cobra una tasa de gestión de 17 €. Su web de citas abre al público el 1 de diciembre de 2026, y desde el 21 de septiembre ya no se aceptan nuevos registros en el correo anterior de citas. Detalles en las preguntas frecuentes del consulado.

Pedirlo estando ya en España

Según la hoja informativa, puede pedirse desde España para estudios superiores (o secundaria si ya eres residente), siendo mayor de edad y estando en situación regular, con al menos dos meses de antelación. Se presenta en la oficina de extranjería o en la sede electrónica, y la Administración tiene dos meses para resolver; si no contesta, se entiende denegada.

Duración, prórroga y qué pasa al terminar

  • Duración: la de los estudios en el caso de estudios superiores; un año como máximo en secundaria (artículo 55).
  • Prórroga: se pide por internet en los dos meses anteriores o los tres posteriores a la caducidad. Tasa de 17,49 € (Orden PJC/617/2025).
  • TIE: si la estancia supera los seis meses, hay que pedir la tarjeta en la comisaría en el plazo de un mes.
  • Al terminar: con el título obtenido, se puede pasar a una autorización de residencia y trabajo sin necesidad de visado, en los dos meses anteriores o los tres posteriores a la extinción de la estancia (artículo 190). Mientras se tramita, se puede trabajar a jornada completa. La tasa es de 10,94 €.

Además, los años de estancia por estudios cuentan a la mitad para la residencia de larga duración. Te lo explico en la guía de permiso de residencia.

Fuentes oficiales

La información de esta guía sale de estas fuentes, consultadas el 30 de septiembre de 2026. Las normas y las tasas cambian: antes de presentar nada, comprueba la versión vigente o pregúntame.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar con el visado de estudios en España?

Sí, si cursas estudios superiores: la autorización permite trabajar por cuenta ajena o propia hasta 30 horas semanales, de forma compatible con los estudios y dentro de la comunidad autónoma donde se concedió.

¿Puedo traer a mi familia con el visado de estudios?

En estudios superiores, sí: el cónyuge o pareja, los hijos menores o con discapacidad y una persona de apoyo. Los familiares no pueden trabajar con esa autorización.

¿Dónde se pide el visado de estudios desde Cuba?

En el Consulado General de España en La Habana. Desde el 12 de octubre de 2026 los visados nacionales se presentan en su nuevo Centro de Solicitud de Visados, en Miramar, que cobra una tasa de gestión de 17 €.

¿Cuánto tarda el visado de estudios?

La oficina de extranjería resuelve la autorización en siete días y, si es favorable, el consulado resuelve el visado en un mes como máximo. Conviene pedirlo con al menos dos meses de antelación al inicio del curso.

¿Qué pasa cuando termino los estudios?

Con el título obtenido puedes pedir una autorización de residencia y trabajo sin volver a tu país a por un visado, en los dos meses anteriores o los tres posteriores al fin de la estancia.

¿Te ayudo con tu visado de estudios?

Cuéntame qué quieres estudiar, qué estudios tienes terminados y si vendrías con familia, y te digo si encaja y cómo lo tramitamos. La tramitación del visado de estudios cuesta 600 €.

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